Por el coronavirus, se estableció un “tratamiento diferencial” a empleadores de la salud

El Gobierno estableció hoy, por un plazo de 90 días, un “tratamiento diferencial a los empleadores correspondientes a las actividades relacionadas con la salud, en lo que respecta a las contribuciones patronales con destino al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) y al Impuesto sobre los Créditos y Débitos en Cuentas Bancarias y otras operatorias”.

La medida fue adoptada por medio del Decreto 300/2020, publicado hoy en el Boletín Oficial, que lleva la firma del presidente Alberto Fernández; el jefe de Gabinete, Santiago Cafiero; y los ministros de Trabajo, Claudio Moroni; y de Economía, Martin Guzman.

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En ese marco, la norma estableció que, por un plazo de 90 días, se aplique una “reducción del 95 por ciento de la alícuota prevista en el artículo 19 de la Ley de Solidaridad Social y Reactivacion Productiva, con destino al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA)”.

Asimismo, se resolvió que, también por 90 días, las “alícuotas del impuesto sobre los créditos y débitos en cuentas bancarias y otras operatorias serán del 2,50‰ y del 5‰, para los créditos y débitos en cuenta corriente”.

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En los considerandos, se menciona que el 11 de marzo pasado la Organización Mundial de la Salud declaró al coronavirus como una pandemia y que, “en los últimos días, se ha constatado la propagación de casos en numerosos países de diferentes continentes, llegando a nuestra región y a nuestro país”.

Por ende, el Gobierno, apuntó que “en la lucha contra dicha pandemia, se encuentran comprometidos los establecimientos e instituciones relacionados con la salud, a quienes se debe apoyar especialmente”.

En ese plano, resolvió que, “a raíz de la situación de emergencia, no sólo se debe procurar la adopción de medidas tendientes a la protección de la salud sino también coordinar esfuerzos en aras de garantizar a los beneficiarios del Sistema Nacional del Seguro de Salud el acceso a las prestaciones médicas necesarias”.

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