¿Los canalsenses deben inscribirse para seguir recibiendo el subsidio de energía?

¿Los canalsenses deben inscribirse para seguir recibiendo el subsidio de energía?

La cooperativa aún no ha recibido información oficial al respecto de los organismos encargados.

Desde la cooperativa de Obras y Ss. Públicos de Canals Ltda. Nos informan que han recibido muchas consultas al respecto de si los vecinos de nuestra localidad deben realizar la inscripción para poder seguir siendo beneficiarios del subsidio de energía, pero que no poseen información oficial al respecto de este tema, de los organismos oficiales.

En la página oficial del gobierno nacional indican que la segmentación de subsidios es una iniciativa para ordenar los subsidios a la electricidad y el gas según los aspectos socio-económicos de cada hogar en cada particular. También se explica que el subsidio se implantará a través de un registro en donde se identificará a los hogares que necesiten el subsidio al que deben inscribirse todas y todos los argentinos que quieran mantener los subsidios que hoy reciben en sus hogares.

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¿Cómo inscribirse?

Para poder realizar la inscripción el jefe de familia debe ingresar a través de la aplicación MI ARGENTINA, en el apartado de Segmentación energética que figura apenas se ingresa a la aplicación o al enlace https://subsidios-energia.argentina.gob.ar/ .

La inscripción está organizada según la fecha de terminación del DNI:

Finalizados en 0- 1 y 2 entre el 15 y el 19 de julio.

Finalizados en 3 – 4 y 5 entre el 20 y el 22 de julio

Finalizados en 6-7 y 8 enter el 23 y el 26 de julio

Antes de comenzar a completar la declaración jurada se debe tener a mano la siguiente información que solicitan:

El número de medidor y el número de Cliente/Servicio/Cuenta/Contrato que figura en tu factura de energía eléctrica y gas natural por red.

El último ejemplar de tu DNI del jefe de familia.

El número de CUIL de cada integrante del hogar mayor de 18 años.

Los ingresos de bolsillo de cada integrante del hogar mayor de 18 años.

Una dirección de correo electrónico.

¿Los canalsenses deben inscribirse para seguir recibiendo el subsidio de energía?
¿Los canalsenses deben inscribirse para seguir recibiendo el subsidio de energía?

Preguntas Frecuentes

¿Tengo que inscribirme si recibo una asignación, una pensión o jubilación? Sí, tienen que inscribirse todas las personas, incluyendo las que perciben una jubilación, pensión y/o son beneficiarias de programas sociales como la Asignación Universal por Hijo, Progresar y Potenciar Trabajo.

¿Qué pasa si la factura del servicio no está a mi nombre? Si la factura no llega a tu nombre, igual vas a poder realizar la solicitud como usuario de los servicios indicando que no sos la persona titular.

¿Puedo mantener el subsidio si alquilo o resido en la propiedad? Sí, aunque no seas el propietario de tu domicilio, vas a recibir el subsidio como persona usuaria de los servicios.

¿Qué sucede si tengo más de un servicio de electricidad o gas a mi nombre? En ese caso, solamente deberás completar los datos

¿Cómo se va a realizar la segmentación?

El nuevo esquema de subsidios propone una distribución e los subsidios basada en la capacidad económica de cada hogar. Para ello, se establecieron tres grupos:

Segmento de ingresos altos

Son hogares con Ingresos mensuales totales hogar equivalente o superior a $348.869, que tengan 3 o más vehículos con una antigüedad menor a 5 años, 3 o más inmuebles. Posean una embarcación, una aeronave de lujo o ser titular de activos societarios que demuestren capacidad económica plena.

El segmento de ingresos altos tendrá una reducción de los subsidios gradual y en tercios bimestrales hasta alcanzar la cobertura plena del costo de la energía hacia fines de 2022.

Segmento de ingresos medios

Son aquellos hogares con Ingresos mensuales totales entre $99.677 y $348.869, posean hasta 2 inmuebles,  y 1 vehículo con menos de 3 años de antigüedad.

Segmento de menores ingresos

Son hogares que posean ingresos netos menores a $99.677, hasta 1 inmueble. No poseer 1 vehículo con menos de 3 años de antigüedad.

Hay excepciones en todos los casos para hogares que tengan algún integrante con Certificado Único de Discapacidad (CUD).

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