Restricciones de circulación para vehículos de carga en rutas nacionales de la provincia

Restricciones de circulación para vehículos de carga en rutas nacionales de la provincia

La Dirección General de Policía Caminera anuncia medidas de restricción de tráfico según disposición de la Agencia Nacional de Seguridad Vial

La Dirección General de Policía Caminera ha informado que se implementarán restricciones de circulación para los vehículos de transporte automotor de cargas en las rutas nacionales que atraviesan la provincia. Estas medidas estarán vigentes durante el viernes 7 y el sábado 8 de julio, según lo establecido por la disposición 341/2023 de la Agencia Nacional de Seguridad Vial.

Horarios de restricción

La restricción de circulación se aplicará en los siguientes horarios: el viernes, entre las 18:00 y las 20:59 horas, y el sábado, entre las 7:00 y las 9:59 horas. Durante este período, se solicita a los conductores de vehículos de carga acatar las disposiciones y evitar la circulación en las rutas afectadas.

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Rutas nacionales afectadas

Las rutas nacionales que se verán afectadas por estas restricciones son: 7, 8, 20, 35, 158, 9 (desde Jesús María hasta La Quiaca) y 19 (desde San Francisco hasta Córdoba). Se insta a los conductores a tener en cuenta esta información al planificar sus rutas y tiempos de viaje durante los días mencionados.

Excepciones a la restricción

La Policía Caminera ha establecido una serie de excepciones a esta restricción de circulación. Los siguientes servicios de transporte quedan excluidos de las medidas:

a) Transporte de leche cruda y sus derivados. b) Transporte de animales vivos. c) Transporte de productos frutihortícolas en tránsito. d) Transporte exclusivo de prensa y unidades móviles de medios de comunicación audiovisuales. e) Atención de emergencias. f) Asistencia de vehículos averiados o accidentados en el lugar del suceso o en el traslado al punto más cercano, y regreso en vacío. g) Cisternas de traslado de combustibles y gas natural comprimido. h) Transporte de gases necesarios para el funcionamiento de centros sanitarios y asistencia sanitaria domiciliaria, siempre y cuando se acredite el destino. i) Transporte de medicinas. j) Transporte a disposición final de residuos sólidos urbanos. k) Transporte que deba circular en cumplimiento directo e inmediato de una orden judicial. l) Transporte de sebo, hueso y cueros.

Aplicación y control

Las autoridades de Policía Caminera estarán a cargo de la aplicación y el control de estas restricciones de circulación. Se insta a los conductores y a las empresas de transporte a cumplir con las disposiciones establecidas y respetar las excepciones mencionadas anteriormente. El incumplimiento de estas medidas podrá acarrear sanciones y multas correspondientes.

Con estas medidas, se busca garantizar la seguridad vial en las rutas nacionales de la provincia y facilitar la fluidez del tráfico durante los días señalados. Se recomienda a los conductores estar informados sobre las restricciones y planificar sus viajes teniendo en cuenta los horarios y las rutas afectadas.

Recuerde que estas restricciones tienen un carácter temporal y están sujetas a posibles modificaciones. Para obtener información actualizada, se recomienda consultar los canales oficiales de la Dirección General de Policía Caminera y la Agencia Nacional de Seguridad Vial.

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